Guillermo A. Zurga
En el ceremonial de los actos de juramentación de los presidentes venezolanos, con la mano derecha levantada y la izquierda sobre la constitución de la republica, el presidente electo jura respetarla y hacerla cumplir, y se expresa concretamente que de no hacerlo, sería condenado por la justicia. Ese juramento lo ha hecho Hugo Chávez, sobre dos constituciones distintas, ambas violadas por él y su gobierno.
La presidente de la Asamblea Nacional Cilia Flores le tomó el siguiente juramento, el día 10 de enero de 2007: Cito sic: “Ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías: ¿jura usted, primeramente por Dios Todopoderoso, jura usted por el pueblo soberano que lo reeligió, jura por la memoria de nuestros aborígenes, jura usted por la memoria de nuestros libertadores, jura por la memoria de los afro descendientes, campesinos, mártires y héroes anónimos; jura usted por su honor, por su vida; jura usted por la Patria, que no descansará ni dará reposo a su brazo, a su espíritu ni a su alma hasta cumplir con el mandato que le ha dado el pueblo soberano de Venezuela, jura usted cumplir y hacer cumplir esta Constitución y demás leyes de la República, jura usted cumplir con todas las funciones inherentes al cargo de Presidente de la República de Venezuela?” Fin de la cita.
Me pregunto: ¿Cuántas violaciones a la constitución, a las leyes venezolanas y al mandato que le dio el pueblo ocurrieron desde entonces?
La constitución y leyes de la republica de Venezuela han sido violadas reiteradamente por el presidente Hugo Chávez, en muchos de sus artículos, los cuales no voy a mencionar por razones de espacio. Cualquier abogado constitucionalista, puede sin gran esfuerzo demostrar, cuáles de estos artículos de los que hablo han sido violados por el presidente, durante su larga gestión presidencial.
Recientemente leí un comunicado de la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Venezuela, donde señalan, que la mayoría de las leyes aprobadas por la moribunda Asamblea Nacional saliente, muchas de éstas, presentadas por el presidente de la república, son ilegales y deberían ser revocadas por un Tribunal Supremo de Justicia, que actúe apegado al derecho constitucional.
El presidente de la república, ha cometido graves delitos, en consecuencia, puede ser acusado y juzgado penalmente, por un juez del TSJ de la república, debido a que cometió el delito de transgredir la constitución de la republica y previa condena, podría ser sentenciado, destituido de su cargo e inhabilitado a políticamente. Esto sucedería en cualquier país civilizado y democrático que haga valer las leyes y donde se aplique correctamente la justicia.
En opinión de un experto en la materia, abogado Dr. Alberto Arteaga Sánchez, cito sic: La inhabilitación política es una pena accesoria grave, que sigue a la pena de presidio o de prisión, según el Código Penal y que se impone en una sentencia condenatoria, debiendo constar en forma expresa en la decisión. Además, surte sus efectos, mientras dure la condena y en mi opinión - no impide la elección para cualquier cargo, salvo para aquellos, como el de presidente de la República, para el cual se exige como requisito expreso "no estar sometido o sometida a condena mediante sentencia definitivamente firme". Fin de la cita.
Sería interesante oír las argumentaciones y acciones del TSJ, de la fiscalía y de la contraloría general de la republica, ante la solicitud de un juicio e inhabilitación política ajustada a derecho, en contra del presidente de la república, que pueda ser introducida por algún venezolano común, partido político u organización ONG, ante el Tribunal Supremo de Justicia de la república de Venezuela.
Sabemos que en Venezuela no existe estado de derecho, ya que tácitamente vivimos en una dictadura “cuasi comunista” y que la impunidad está muy extendida, razón por la que la justicia no se aplica correctamente.
Por otra parte, es muy probable que una demanda de esta magnitud, no sea admitida como tal, por ningún tribunal de la republica; debido a la sumisión confesa y demostrada de los demás poderes públicos del estado venezolano al poder ejecutivo.
No obstante, a objeto de completar el expediente de forajido al presente gobierno, para futuras acciones judiciales, nacionales e internacionales, que habrá forzosamente que procesar, pienso que vale la pena proceder con esta solicitud. Dejo esta inquietud planteada ante la opinión pública nacional, para su consideración, opiniones y acciones correspondientes. Fin.
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